jueves, 19 de febrero de 2009

Rechazo al Constitucional

Ante la más que probable declaración de inconstitucionalidad de algunos preceptos del Estatuto de Cataluña por parte del Tribunal Constitucional, ya se van dejando oír desde ámbitos catalanizantes el argumento deslegitimador del alto organismo juridisccional, de que no es aceptable que un simple órgano revisorio del Estado desplace la voluntad democráticamente expresada en forma plebiscitaria del pueblo de Cataluña. Creo que debemos estar preparados para rebatir el argumento.

Hay que reconocer que así de pronto y sin mayor reflexión, el alegato tiene impacto y puede dejar dialécticamente desarmado a más de uno, pues se le evidenciará, bote pronto, que el pueblo convocado a las urnas es la esencia de la democracia y nunca un grupo de notables puede enmendar la plana al conjunto de donde emana la soberanía que es la voluntad popular.

Hay que superar el primer impacto y repeler con energía la andanada del catalanismo militante pues contiene engaño, al estar planteada en plano distinto a la legalidad vigente.

Esta claro que el nacionalismo parte del supuesto, -que para ellos es una verdad incontrovertible-, que la soberanía radica en el pueblo de Cataluña no en el pueblo español, colectivo al cual no pertenecen y que por lo tanto nada tiene que decir en un ámbito estrictamente catalán, correspondiendo pues las decisiones sobre su sistema de gobierno exclusivamente a la gente del principado. Las instituciones de España para el catalanismo son accesorias y susceptibles todas ellas de ser reemplazadas, por mor de un transformismo legislativo, por otras netamente catalanas, lo que sistemáticamente van consiguiendo valiéndose para ello de los propios instrumentos habilitados por el cuerpo legislativo español que desechan tan pronto lo han sustituido. Así han utilizado las previsiones constitucionales para dotarse de un mecanismo estatutario que pueda someterse al refrendo de su población, como lo han hecho, aunando los conceptos de nación y soberanía, que se alean en el termino nación soberana, con lo que, en el raciocinio nacionalista, se cierra el circulo de forma perfecta. Ya nada les liga con las leyes españolas pues se han dotado de las propias que ha refrendado el pueblo catalán. El refrendo repele cualquier mecanismo que lo desvirtue al estar por encima de las leyes sustantivas, pues emana directamente del pueblo. Total pureza legal y democrática.

Olvidan sin embargo, que en puridad legal, no se han desenganchado plenamente del entramado legislativo español al que siguen unidos por el lazo de una Constitución vigente, que el refrendo del pueblo catalán al estatuto no derogó sino que validó, pues la pregunta al común era si ratificaban el proyecto legal estatutario aprobado por los cuerpos legislativos de España y Cataluña y al votar en sentido afirmativo se refrendaba el Estatuto si, pero también, por remisión, la Constitución española al ser la Ley suprema habilitante de la norma estatutaria. Luego el pueblo soberano de Cataluña lo dejó claro. Si al estatuto en el marco de la Constitución española, lo que conlleva el sometimiento a todas sus previsiones.

Una de ellas es la existencia de una jurisdicción que se ocupe de depurar si las leyes emanadas de los diferentes estamentos legislativos cumplen con la pureza constitucional. A este control se someten todas las normas que se vayan elaborando por los diferentes poderes públicos, siendo pues la garantía de que el llamado estado de derecho funciona de forma eficiente. Es pues benéfico para los ciudadanos que exista este mecanismo tutelante que evite que la norma suprema pueda ser degradada por leyes de inferior rango. No existe pues suplantación de la voluntad popular si el Tribunal Constitucional tilda contraria a esta superior norma una sobrevenida, sino por el contrario cumplimiento del mandato para el que fue creado por el pueblo soberano, pues, no olvidemos que la Constitución fue refrendada también por el pueblo español y por ende, por el catalán y que estaba claro entonces y lo está ahora, que el pueblo quiso que existiera una subordinación legislativa de los estatutos de autonomía a la norma suprema y esto continua vigente, mal que les pese a los nacionalistas.

Fernando Blazquez

1 comentario:

Anónimo dijo...

No me es posible localizarte por telefono y me gustaria saber si sería posible contar contigo para realizar la crónica del siguiente encuentro de Amigos del dia 26-02. Pilar G Jauregui