lunes, 30 de junio de 2008

Montilla incumple la ley

El aplazamiento de la entrada en vigor de la tercera hora en castellano en Cataluña apenas ha recibido atención en los medios de comunicación. El pasado 4 de junio, El País informaba de que “la Generalitat retrasará un año la entrada en vigor del decreto del Gobierno central que obliga a impartir a los colegios una tercera hora en castellano después del plante de Esquerra Republicana.” Según dicha fuente, “Esquerra Republicana dio un puñetazo sobre la mesa y advirtió de que mientras formara parte del Ejecutivo catalán, el decreto no iba a aplicarse” en Cataluña. El aplazamiento se formalizó en la Orden EDU275/2008 de 3 de junio que amplía hasta finales del curso 2008-09 el plazo de que disponían los centros de enseñanza primaria para elaborar y presentar el Proyecto Lingüístico, ya ampliado por la Orden EDU134/2008 de 20 de marzo hasta el 30 de junio.

La explicación que ha ofrecido el Departament d’Educació para justificar el nuevo aplazamiento no es otra que la supuesta “dificultad de algunos centros para cumplir con el término fijado”, una explicación que como veremos no resiste la confrontación con los hechos. Empecemos por el episodio más reciente. Según la información publicada, el Sr. Ernest Maragall, Conseller d’Educació del Gobierno de la Generalitat, envió el pasado 26 de mayo una circular a los colegios instándoles a informar antes del 13 de junio “sobre cómo distribuirán entre los tres ciclos de primaria las 245 horas adicionales de lengua española.” Que nadie se llame a engaño sobre la inexistente buena disposición y diligencia del Gobierno catalán, pues la circular enviada por el Conseller, lejos de constituir una iniciativa propia para constatar si los colegios públicos en Cataluña cumplen la legislación vigente, respondía al requerimiento del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) a la Generalitat para que se le informara “sobre las horas lectivas que se imparten en catalán, castellano e inglés.

El culebrón comenzó tras la publicación del Real Decreto 1513/2006 de 7 de diciembre que determina las enseñanzas mínimas competencia del Gobierno Central para “asegurar una formación común a todos los alumnos y alumnas del sistema educativo español.” En particular, el Anexo III establece la distribución horaria de la docencia y asigna a la enseñanza en lengua castellana y literatura 315 horas en el primer ciclo y 280 horas tanto en el segundo como el tercer ciclo de enseñanza primaria. Una simple división por el número de semanas (35) y cursos por ciclo (2) muestra que el número de horas semanales requerido para cumplir el decreto son 4,5 en el primer ciclo y 4 horas en los dos ciclos restantes.

Estas cifras son muy superiores a las que se imparten en Cataluña, incluso cuando, como hace la Generalitat, se interpreta de manera abusiva el Real Decreto y deduce 70 horas por ciclo. Es verdad que el Anexo III del Real Decreto permite a las CCAA con lengua cooficial deducir hasta un máximo de 35 horas, pero siempre y cuando esta cifra no supere el 10 por ciento de las horas establecidas. El primer abuso se produce porque 35 horas excede ampliamente 31,5 y 28 horas, el 10 por ciento de las 315 horas establecidas para el primer ciclo y las 280 horas del segundo y tercer ciclos en el Real Decreto. El segundo abuso se consuma cuando la Generalitat interpreta que la deducción de 35 horas se aplica a cada curso y resta 70 horas por ciclo. Pues bien, a pesar de estas interpretaciones abusivas, el número de horas de Lengua y literatura castellanas que se deberían impartir en Cataluña para cumplir el Real Decreto son 245 en el primer ciclo y 210 en el segundo y tercer ciclos, o sea, 3,5 horas semanales en el primer ciclo y 3 horas en el segundo y tercer ciclo. De ahí la obligación de la Generalitat de aumentar de 2 a 3 horas –en realidad a 3,5 horas en el primer ciclo y a 3 horas en el segundo y tercer ciclo- la enseñanza de Lengua y literatura castellanas para cumplir el Real Decreto.

Ante la cerrada oposición de ERC e ICV-EUiA a que se aplicara la norma en Cataluña, la Generalitat, para salvar el Gobierno tripartito, recurrió el Real Decreto el 13 de febrero de 2007 ante el Tribunal Constitucional (TC), alegando invasión de competencias propias, y promulgó el Decreto 142/2007 de 26 de junio. Este Decreto establece unos horarios globales (Anexo 2) que impiden a los centros cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto y unos horarios mínimos (Anexo 3) que les amparan cuando los incumplen. En efecto, el Anexo 3 del Decreto fija en 420 horas las dedicadas tanto a lengua y literatura catalanas como a lengua y literatura castellana y en 245 horas las destinadas a estructuras lingüísticas comunes en los tres ciclos. Unas simples divisiones, nos revelan que el tiempo dedicado a Lengua y literatura castellanas es de 2 horas semanales, una cifra muy inferior a la que implica el Real Decreto, incluso aceptando la interpretación abusiva hecha por la Generalitat.

Por otra parte, los horarios mínimos de Lengua y literatura castellanas fijados en el Anexo 4 del Decreto 142/2007 son 140 horas en cada uno de los tres ciclos, una exigencia que los colegios pueden cumplir impartiendo 2 horas por semana. Únicamente si el centro destinara la totalidad de las horas asignadas a Estructuras lingüísticas comunes (105 horas en el primer ciclo y 70 horas en el segundo y tercer ciclo), se podrían alcanzar 3.5 horas en el primer ciclo y 3 horas en el segundo y tercer ciclos. Pues bien, los Proyectos lingüísticos que los centros elaboran y la Generalitat aprueba (Decreto 142/2007 y Orden EDU221/2007 de 29 de junio) ponen de manifiesto que la mayoría de ellos se limitan a cumplir el mínimo exigido por la Generalitat, dedicando 140 horas por ciclo, 2 horas semanales, a la enseñanza de la Lengua y la literatura castellanas. Esta y no otra es la realidad en Cataluña.

A la vista del manifiesto incumplimiento del Real Decreto en Cataluña, la asociación Convivencia Cívica Catalana presentó una denuncia en el TSJC en septiembre de 2007 para que se investigara el asunto. El tribunal requirió información a la Generalitat y el responsable de área, el Sr. Maragall, se vio en la tesitura de enviar la circular de marras que ha desatado de nuevo las iras de los dirigentes de ERC. Por si había alguna duda sobre la posición de esta formación, la Sra. Simó, portavoz del grupo parlamentario autonómico de ERC, ha reiterado “que de ninguna de las maneras se aplicaría el [Real ]decreto” en Cataluña. Ante el nuevo plante de ERC y para evitar que se consume la descomposición del Gobierno catalán, el Sr. Montilla ha vuelto a plegarse a las exigencias de sus socios de gobierno, declarando una moratoria de un año en la aplicación del Real Decreto, en aras a “que las lenguas en la enseñanza no sirvan para dividir, porque son caminos hacia la libertad.” Llama la atención la perversión del lenguaje utilizado por el Sr. Montilla que llama moratoria a lo que sencillamente constituye un flagrante incumplimiento de una norma estatal.

¿Se imaginan Vds. cómo habría reaccionado la Generalitat si el Gobierno de España hubiera declarado una moratoria parcial o total de la entrada en vigor del Estatut de Cataluña -también por cierto recurrido ante el TC- alegando que los Estatutos “no han de servir para dividir, porque son caminos hacia la libertad”? Esta incómoda pregunta viene a cuento de un artículo (“Falso dilema”, El País 10 mayo de 2008) firmado por el propio Sr. Montilla, donde el gobernante catalán exigía “no aplazar la negociación de la financiación autonómica” –contestando la sugerencia realizada en ese sentido por el Sr. González, ex-Presidente del Gobierno, unos días antes-, porque “el Estatut de Catalunya obliga a todos: a la Administración General del Estado y a la Generalitat de Catalunya … y el Estatuto dispone que antes de agosto de 2008 se debe llegar a un acuerdo de financiación bilateral para su aplicación a partir del 2009.” ¿Qué –me pregunto- impide al Gobierno Central declarar una moratoria de un año o dos al plazo fijado en el Estatut para alcanzar un acuerdo bilateral sobre financiación, retrasándolo hasta agosto de 2008 ó 2009, si la Generalitat puede declarar unilateralmente en 2008 una moratoria a la aplicación de un Real Decreto promulgado por el Gobierno Central en 2006 y que la Generalitat ha incumplido hasta la fecha?

Este nuevo episodio en la tormentosa e interesada relación que mantienen el partido del Sr. Montilla y ERC desde 2004 sirve, si no para otra cosa, para poner de manifiesto que el principal y casi exclusivo objetivo del PSC es mantenerse en el poder a toda costa. ¡Hay, sin duda, muchas nóminas y suculentas comisiones en juego! Y forzado a elegir entre la disyuntiva de aplicar las normas promulgadas por el Gobierno de España o salvar el gobierno tripartito, el Sr. Montilla, ha vuelto a preferir seguir incumpliendo la ley, a sabiendas de que la nueva moratoria “de un año” para poner en marcha la tercera hora es una mera excusa que el Sr. Montilla y el PSC han urdido para encubrir el propósito del gobierno catalán de posponer indefinidamente la aplicación del Real Decreto que, como han repetido una y otra vez sus socios de gobierno de ERC, “no se aplicará en Cataluña.”

Hipocresía, cinismo, por no decir prevaricación, son los términos más suaves con los que se puede calificar la respuesta del Sr. Montilla a la pregunta que le dirigió el Sr. Puigcercós, Presidente de ERC, en el Parlament de Cataluña el pasado 18 de junio (Sesión plenaria 39.1): “El Gobierno ha elaborado, como Vd. sabe … está elaborando un borrador de ley de educación de Cataluña …[que habrá] de consolidar nuestro modelo [de inmersión lingüística] delante también de regulaciones estatales … pero, en todo caso, si la nueva ley no avanza … con la celeridad esperada, … el Gobierno está dispuesto a considerar otras alternativas … antes de que acabe la vigencia de la orden emitida por este mismo Gobierno hace quince días.” Ese mismo día, el Sr. Maragall, Consejero de Educación, suscribía todo lo dicho por el Sr. Montilla (sesión 39.1, pág. 42), y aseguraba que la Generalitat tiene "todas las herramientas necesarias" para evitar que el decreto de enseñanzas mínimas afecte a Cataluña, que la ley catalana de educación será "absolutamente superior y más potente" que el decreto ministerial y que no conviene dar ningún otro paso que levante "suspicacias" en el conjunto de España. (El País, 19 junio).

Así las cosas, finalizo dejando en el aíre una pregunta para la Sra. Cabrera, Ministra de Educación y Asuntos Sociales de España, ¿qué hará su Ministerio y el Gobierno del que forma parte ante el último desafío de la república catalana del President Montilla?


Clemente Polo

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